Si te estás haciendo esta pregunta: ¿Qué pasa si soy autónomo y no facturo nada? Tienes que saber que, en el caso de que estés dado de alta sin desarrollar actividad económica alguna, podrás seguir pagando la cuota, pero bajo ciertas circunstancias.
¿Quieres saber cuáles son esos casos? Pues, en este artículo te los vamos a contar, además de responder a otras preguntas importantes y de dar a conocer un ejemplo real de facturación que no supera el SMI.
¡Comencemos!
Autónomo sin ingresos o con ingresos bajos
¿Qué pasa si soy autónomo y no facturo nada? Si te ha surgido esta duda, es importante que sepas que, por ley, no se permite cotizar en el Régimen RETA sin operaciones comerciales por una sencilla razón:
La normativa señala que un autónomo es aquella persona que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo.
Por este motivo, no deberás darte de baja cuando esta sea una situación puntual y por un periodo de tiempo corto, como por ejemplo las bajas por enfermedad, las vacaciones o un mes en el que disminuya la prestación de tus servicios o ventas.
Ten en cuenta que durante este periodo podrás aportar la declaración de impuestos trimestrales seleccionando la opción «sin actividad».
Ahora veremos qué tipo de condiciones especiales deben darse para estar dado de alta como trabajador autónomo y no facturar nada.
¡Toma nota!
Qué pasa si soy autónomo y no facturo nada
En resumidas cuentas, sólo se exonera del pago de la cuota de autónomos a aquellas personas que – por causas excepcionales – no desarrollan su actividad comercial de manera recurrente e ininterrumpida, y que a su vez no generan unos ingresos superiores al SMI (965 € brutos mensuales).
No obstante, existen unos Convenios Especiales que sí permiten cotizar en la Seguridad Social sin ejercer actividad. ¿Quieres saber quiénes pueden beneficiarse de este sistema?
- Trabajadores en régimen de pluriactividad y cesen su actividad en el RETA o por cuenta ajena.
- Pensionistas con incapacidad permanente total.
- Personas desempleadas que hayan suspendido el cobro de la prestación por desempleo.
- Miembros de colegios profesionales que se incorporen a la Mutualidad de Previsión Social (Peritos, arquitectos técnicos, abogados, médicos, entre otros).
- Personas con 65 años cumplidos y 35 años de cotización social efectiva, trabajando tanto por cuenta ajena como propia.
¿Se puede facturar sin darse de alta en autónomos?
Según el Capítulo II del Decreto 2530/1970, de 20 de agosto del Régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos:
| A los efectos de este régimen especial, se entenderá como trabajador por cuenta propia o autónomo aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas.
Por lo tanto, si te estás haciendo esta pregunta ¿Se puede facturar sin darse de alta en autónomos? La respuesta es sí, es posible hacer facturas sin estar dado de alta en hacienda como autónomo. Sin embargo, se ha de cumplir con los siguientes requisitos:
- Debe de ser una actividad esporádica o puntual, y bajo ningún concepto podrá ser repetida de manera habitual.
- Cumplimentar el Modelo 036 para darte de alta en el Censo de Empresarios de Hacienda, indicando el epígrafe del IAE que proceda.
- El salario percibido no puede superar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Dicho con otras palabras, podrás emitir facturas siempre y cuando la cantidad recibida sea menor a 13.510 € brutos anuales o 965 € mensuales.
¡Ojo! Aunque no tengas que estar dado de alta como autónomo, si se exigirá la declaración de ingresos y del IVA en la factura.
Además, es importante que tengas en cuenta que si haces una factura sin estar dado de alta, puedes incurrir en ciertas sanciones económicas tales como:
- Pagar las cuotas a la Seguridad Social completamente desde que te diste de alta como autónomo, teniendo en cuenta la cuota mínima normal y no la tarifa mínima de 60 euros que podrías estar pagando de haberte podido acoger a la tarifa plana.
- Un recargo del 20 % sobre el pago de las cuotas de autónomo.
- Retiro de ciertas prestaciones o ayudas, además de hacer que reembolsen la cuantía adquirida de manera improcedente.
Beneficios de darse de alta para desarrollar una actividad
¿Eres de esas personas que ha nacido con espíritu empresarial? Si este es tu caso, podrás desarrollar tu actividad en el régimen especial de trabajadores autónomos.
Darte de alta en RETA para comenzar tu propio emprendimiento te aportará múltiples beneficios tales como:
1. Ayudas y subvenciones
Las personas autónomas a lo largo de su trayectoria profesional podrán disponer de diferentes ayudas y subvenciones económicas otorgadas por la Administración Pública.
Además, con objeto de apoyar a nuevos emprendedores, se les permitirá acogerse a la tarifa plana durante el todo primer año de actividad o que se apliquen el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de manera reducida (7 %) en las facturas de sus tres primeros años.
2. Mayor control de la actividad económica
Otro beneficio de ser autónomo es que podrás tener mayor control de tu negocio o actividad económica, por lo que serás el encargado de establecer estrategias, tomar decisiones, fijar objetivos, poner en marcha tus ideas, entre muchas otras.
3. Autonomía laboral
De esta forma serás tu propio jefe, lo que se traducirá en una mayor libertad para tomar decisiones y planificar tus tiempos de trabajo.
Dicho con otras palabras, tú mismo decidirás tus horarios, vacaciones, días libres, o incluso marcar tus propias normas o valores empresariales.
4. Posibles beneficios más altos
Como autónomo podrás obtener mayores beneficios para ti y tu negocio, puesto que tienes la posibilidad de trabajar para tantos clientes como desees al mismo tiempo.
5. Satisfacción personal y profesional
Con este proyecto propio persigues aquellos sueños y objetivos que siempre te propusiste. Y aunque emprender signifique superar retos y obstáculos, sentirás una satisfacción enorme al comprobar que todo el empeño puesto en él han dado sus frutos.
6. Flexibilidad
¿Buscas disfrutar de un equilibrio entre la vida profesional y personal? Siendo autónomo puedes conseguirlo, dado que tienes total autonomía y flexibilidad para decidir y organizar tu jornada laboral.
Caso real: Qué pasa si soy autónomo y no facturo nada
¿Qué pasa si soy autónomo y no facturo nada? Tal y como se explicó anteriormente, es posible cotizar como autónomo sin desarrollar actividad económica, siempre y cuando se den ciertas condiciones especiales, como por ejemplo, una baja actividad durante el periodo de vacaciones.
Sin embargo, ¿Qué ocurriría si tus ingresos fueran inferiores al Salario Mínimo Interprofesional? A continuación, exponemos un caso práctico real de una persona que trabaja por cuenta como autónomo y que factura una cantidad menor al SMI.
¡Vamos a verlo detalladamente!
Mis ingresos son inferiores al salario mínimo interprofesional
Caso real: María es artista plástica y trabaja por cuenta propia vendiendo sus creaciones y obras de arte. Al mes factura unos 300 € aproximadamente.
Entonces, aún percibiendo un sueldo menor al Salario Mínimo Interprofesional, ¿está obligada a pagar la cuota de autónomos aún obteniendo pocos ingresos?
Respuesta: Por lo general, María no tiene por qué abonarla, ya que la tasa mínima es de 294 euros al mes. Por ende, con el fin de facturar sin ser autónomo, deberá:
- Cumplimentar el modelo 036.
- Darse de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
- Aportar el modelo 303 de declaración trimestral del IVA y autoliquidación cada tres meses, además de presentar anualmente un balance de gastos e ingresos.
También te puede interesar: certificado de alta autónomo
Ahora que ya sabes qué pasa si soy autónomo y no facturo nada, también puede interesarte conocer cuál es tu situación en la Seguridad Social y cómo obtener el certificado de alta de trabajadores autónomos.
¡Vamos a ello!
- ¿Cómo puedes saber si te encuentras en situación de alta en autónomos?
Solicitar el Informe de situación actual de trabajadores es muy fácil tan solo tendrás que:
- Acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social, hacer clic en la pestaña «Ciudadanos» y después elegir la opción de «Informes y Certificado».
- Desde ahí, podrás entrar a dicho informe, pero antes tendrás que seleccionar la manera de verificar tu identidad, ya sea a través de la Cl@ve PIN o el Certificado Digital.
- Una vez tengas abierto el documento, tendrás que identificar la columna de Régimen, Situación y Fecha de Situación.
En el caso de que no hayas podido comprobar tu situación profesional porque no cuentas con Certificado Digital para Autónomos, esta información puede serte de gran ayuda.
- ¿Cómo puedes disponer del Certificado Digital para Autónomos?
Veamos paso a paso cómo puedes solicitar este documento electrónico para que puedas realizar todo tipo de trámites Online y facilitar tus gestiones burocráticas.
- Accede al sitio web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) (Trata de utilizar un navegador web compatible como Internet Explorer o Firefox)
- Solicita el Certificado a través de este enlace. Tras efectuarlo, recibirás un Correo electrónico con un código de solicitud adjunto que será necesario a la hora de cotejar su identidad.
- Acude a una Oficina de Acreditación de Identidad para demostrar tu identidad. Aquí se requerirá presentar el DNI y el Código de Solicitud obtenido en la fase anterior.
¿No sabes cuál es la oficina más cercana? Haz clic en este Mapa de Oficinas de Acreditación de Identidad.
- Finalmente, podrás descargar el Certificado de Usuario y hacer una copia de seguridad o Backup.
Tras leer este artículo, ¿has resuelto tus dudas sobre qué pasa si soy autónomo y no facturo nada?
¡Te esperamos en los comentarios!