Con los nuevos cambios en materia laboral, los autónomos han pasado de ser libres al elegir su base de cotización a deber de ajustarse a la correspondiente con base en sus ingresos reales por tramos, lo que puede generar muchas dudas en este colectivo.
Si no tienes claro cómo funcionan las nuevas tarifas, en este artículo vamos a conocer todo lo necesario sobre el cambio de bases de cotización autónomos. ¡Comenzamos!
La base de cotización de autónomos es el resultado de sumar las remuneraciones que recibe el trabajador cada mes. En términos más concretos, equivale a los ingresos que tiene el trabajador por cuenta propia de manera mensual.
Para explicarlo en términos más simples, la base corresponde al salario bruto del trabajador, todo ello sin que se apliquen las retenciones del IRPF ni los descuentos realizados por la Seguridad Social.
De las bases de cotización dependerá la cantidad de la cuota a pagar de autónomos, que son los pagos que se hacen cada mes a la Seguridad Social; pero también los ingresos que vas a tener si tienes una enfermedad, invalidez o la base a partir de la cual se va a determinar la jubilación. Así, se trata de una de las características del trabajador autónomo más importantes.
Vamos a ver más detalladamente, las fórmulas existentes para poder modificar las bases de cotización a partir de este año y cómo funcionan a día de hoy.
Si eres un trabajador autónomo, eres perfectamente conocedor de que la cuota de autónomos que pagas todos los meses se calcula dependiendo de tu base de cotización.
El primer día de 2023 entró en vigor el nuevo sistema de cotización de los trabajadores por cuenta propia, y desde ese momento esta es la situación que vive este colectivo.
El caso es que uno de cada cinco autónomos no sabe muy bien cómo es el funcionamiento de este sistema, según la ATA. Y, sin embargo, se trata de algo fundamental para poder ejercer tu profesión por cuenta propia.
Como principal cambio, ya no se va a poder optar por la base de cotización, cuando antes se podía elegir entre la mínima y la máxima. Ahora, la cuota del trabajador se va a tener que ajustar a los rendimientos netos reales.
A partir de ahora, los trabajadores por cuenta propia tienen que elegir su base de rendimiento dependiendo de lo que esperen percibir mes a mes, en lugar de poder escoger una base de cotización de forma arbitraria como sucedía hasta ahora.
Cada año, la Ley de Presupuestos Generales del Estado establecerá una tabla general de bases que podrá utilizarse para referenciar los distintos tramos de cotización.
En ella vienen fijados una serie de trámites consecutivos de rendimientos reales al año, de media mensuales, a los que asociaremos una mínima y una máxima. Así, se tendrán que sumar toda factura de autónomo que se vaya a realizar durante un año, y hacer el cálculo en base a ellas.
Para la estimación de la cuota, el autónomo tiene que indicar en el simulador de la Tesorería General de la Seguridad Social, el tramo en el que están los rendimientos mensuales que se espera tener.
Después de ello, el simulador lo que hará será tantos los mínimos como los máximos de los tramos existentes, a la vez que se muestra pormenorizadamente cuál es cada una de las cotizaciones y sus bases.
Pongamos un ejemplo: para unos ingresos de 1.500 netos al mes, seleccionamos el tramo que oscila entre 1.300 y 1.500, donde las cuotas oscilarán entre 294 y 459 euros. Entre este límite de mínimos y máximos puede elegir el autónomo, la cuota que desee. Eso sí, la Seguridad Social nos recuerda que la misma va a determinar la base de cotización y la cuantía de las futuras prestaciones.
La Seguridad Social ha dicho que es necesario tener en cuenta la totalidad de rendimientos netos que se obtengan de las diferentes actividades como autónomo, a lo que se debe sumar el importe por las cuotas abonadas a la Seguridad Social si se tributa con base en el régimen de estimación directa.
Para los autónomos que a 1 de enero estuvieran ya dados de alta, comunicarán sus rendimientos antes del 31 de octubre del 2023, todo ello mediante el servicio “Modifica tus datos de trabajo autónomo”, a no ser que se tenga que comunicar un cambio de base de cotización porque sea una diferente a aquella por la que estaban cotizando.
Si esto ocurre, la persona podrá solicitar un cambio en la base de cotización y comunicar la previsión de rendimientos netos al año, en promedio mensual antes del 28 de febrero, para que no se tengan que regularizar después las cuotas.
Cuando los trabajadores autónomos están dados de alta y pagan su respectiva cuota, cotizan por lo siguiente.
Esto asegura una cantidad para cuando no sea posible trabajar por enfermedad, accidente no laboral, nacimiento o cuidado de menores.
La cotización cubre en los casos que haya accidente laboral o una enfermedad profesional.
Se le llama también la prestación por desempleo de los autónomos. Lo que hace es cubrirlos cuando se produzca el fin definitivo de la actividad.
Con el nuevo sistema y el cambio de bases de cotización autónomos, existen algunas fechas este 2023 que deben atenderse por los profesionales:
Se pone en marcha el nuevo sistema de cotización. A partir de este momento, y hasta el último día de febrero, los trabajadores por cuenta propia pueden pedirle a la Seguridad Social que se modifique la base por la cual se van a calcular sus nuevas cuotas.
Así, en este periodo las personas podrán escoger las bases de cotización autónomos que más se pueda ajustar a los rendimientos netos que desean obtener de media durante 2023. Los cambios tendrán efecto el 1 de marzo.
Con la solicitud realizada se debe comunicar el importe de los rendimientos netos que se quieran obtener. La solicitud de cambio de base autónomo y de rendimientos es posible hacerlo mediante el portal Import@ss.
Se pone en marcha el plazo para informar sobre los distintos tramos que podrán escogerse a partir de mayo. Se lanzará un simulador de cuotas en la zona privada de Import@ss. Cada autónomo, dependiendo de su situación, va a poder hacer simulaciones de sus cuotas.
Otro nuevo plazo para la comunicación del cambio base autónomo en los distintos tramos de cotización que entrarán en el mes de julio en vigor.
Nuevo plazo para comunicar el cambio de bases de cotización autónomos que entrarán en el mes de septiembre en vigor.
Apertura de una nueva ventana para la comunicación del cambio de base, que entrará en vigor para el mes de noviembre. Esta es la última modificación que afectará a las cuotas aplicables en 2023.
El plazo para que los autónomos dados de alta antes del 1 de enero de 2023 declaren su actividad y su afiliación a empresas finaliza en esta fecha.
Se abre otro período nuevo para la comunicación del cambio de base de cotización de autónomos, pero no va a tener efecto en 2023 y entrará en vigor para enero de 2024.
Después de todo lo que hemos comentado, esperamos haber aclarado un poco más el panorama sobre el cambio de bases de cotización de los autónomos, pues es un tema que ha generado muchas dudas y que buena parte de los trabajadores por cuenta propia desconocen a pesar de su gran importancia para este colectivo.
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