La baja por maternidad, también conocida como subsidio por maternidad, no solo está disponible para personas que trabajan por cuenta ajena; también para las autónomas.
En general, la baja maternal para autónomos cuenta con las mismas condiciones que la baja maternal para trabajadores por cuenta ajena. Sin embargo, existen algunas peculiaridades de este tipo de baja por maternidad y en esta ocasión queremos explicártelo todo para que no te quede ninguna duda.
Las prestaciones por maternidad sirven para cubrir la pérdida de ingresos que sufren las personas trabajadoras, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, cuando se suspende o interrumpe una actividad laboral.
Para poder solicitar la baja maternal para autónomos, es necesario darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), ya que a pesar de ser independientes, estas personas también deben cumplir una serie de derechos y obligaciones y conocer cómo se elabora, entre otras cosas, una factura de tipo autónomo. Además, también es imprescindible estar al corriente en el abono de las cuotas mensuales de la Seguridad Social, así como haber cotizado un periodo mínimo, que dependerá de la edad. Las circunstancias pueden ser las siguientes:
Al igual que las características del trabajo autónomo son diferentes de las del trabajo por cuenta ajena, el permiso por maternidad para autónomos cuenta con unas características que lo hacen diferente de otros tipos. A continuación, te explicamos cuáles son estas peculiaridades.
En caso de ser mayor de 21 años y no haber acumulado el mínimo de cotización exigido, existe la opción de solicitar la prestación no contributiva de maternidad en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Esta ayuda permite recibir una prestación por maternidad únicamente durante 42 días naturales desde el parto o la resolución de adopción, acogimiento o tutelaje. En casos especiales, como pueden ser partos múltiples, enfermedades, discapacidad, familias numerosas o monoparentales, el cobro del subsidio se puede ampliar hasta 14 días más.
En el caso de que se compagine la actividad por cuenta propia con otra actividad por cuenta ajena, se podrá solicitar ambas prestaciones de baja por maternidad de manera independiente, siempre que se cumpla con los requisitos exigidos, ya que, de no ser así, se computan las cotizaciones no superpuestas y se recibirá la prestación del régimen en el que se hayan cotizado más días.
Si has sido víctima de violencia de género y trabajas de forma autónoma, no tendrás la obligación de cotizar en la Seguridad Social ni pagar cuota de autónomos durante 6 meses una vez hayas solicitado el permiso por maternidad para personas autónomas. Sin embargo, estos 6 meses se considerarán como de cotización efectiva a efectos de las prestaciones y con una base reguladora igual al promedio de las bases cotizadas en los 6 meses anteriores.
El permiso por maternidad para autónomos puede tener una duración u otra dependiendo de cada caso. Por lo general, dura 16 semanas ininterrumpidas, pero puede variar dependiendo de cada caso.
El periodo se puede alargar en caso de discapacidad del bebé o de que exista un parto múltiple. En estos casos, se conceden dos semanas más por cada hijo o hija. Si el niño o niña nace de forma prematura, necesita hospitalización durante más de siete días o se dan otras circunstancias graves, al periodo de las 16 semanas se le podrá sumar hasta un máximo de 13 semanas más.
En cualquier caso, la baja por maternidad podrá darse desde el momento en el que ocurre el parto o en una fecha anterior si se prefiere o necesita empezar la baja con anterioridad. La notificación a la Seguridad Social de la situación de baja por maternidad deberá realizarse en los 15 días posteriores, ya que la falta de esta notificación podría ocasionar la suspensión del pago de dicha prestación.
Las personas que trabajan en régimen autónomo pueden percibir hasta el 100 % de la base de cotización o reguladora correspondiente.
En cualquier caso, dependerá de la cuota mensual de autónomo que se pague a la Seguridad Social. Si se paga la cuota máxima, que es de 1266 euros mensuales, el cobro será de la base máxima de cotización, es decir, 4139,4 euros al mes.
Hasta antes del año 2021 cabía la posibilidad de transferir una parte del permiso de descanso de un progenitor a otro. Concretamente, se podían ceder hasta 10 semanas de descanso de las 16 semanas.
No obstante, desde el 1 de enero de 2021 ambas bajas son intransferibles, ya que la baja de paternidad se igualó con la baja de maternidad y actualmente ambos progenitores pueden disfrutar de 16 semanas de permiso.
Para solicitar la baja maternal para autónomos, será necesario acudir a la Seguridad Social y hacerlo de forma oficial. Serán necesarios los siguientes documentos:
Como ves, conocer tus derechos y obligaciones a la hora de solicitar tu permiso por maternidad para personas autónomas es muy importante si trabajas por cuenta propia, ya que, de esta manera, te asegurarás de que todo salga como esperabas y podrás disfrutar de lo que te corresponde durante este periodo.
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